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Published at 2010-07-25 14:42:50

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Ante la prohibición de la desnudez en las vías públicas del municipio de Donostia-San Sebastián mediante la modificación de la Ordenanza Municipal sobre Civismo de 25 de junio de 2010 cuya aprobación incial fue publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 8 de julio de 2010,dándose un plazo de treinta días hábiles para alegar, nuestra asociación ha presentado las alegaciones que van a continuación.
Como son muy tcnicas aquí ponemos un resumen muy breve:Básicamente decimos que el Ayuntamiento no tiene competencias para regular el nudismo puesto que se trata de regular la libertad de expresión de una ideología, and la nudista,y para poder poner normas sobre Derechos y Libertades Fundamentales estas deben ser elaboradas y aprobadas por el Congreso (ni siquiera el Gobierno de la nación) mediante una Ley Orgánica que no colisione con la Constitución, y toda regulación del nudismo colisionaría con esta de forma frontal.
No
s basamos especialmente en la Constitución y en sentencias del Tribunal Constitucional por que es la norma más alta, or no es una mera declaración de principios,sino la primera y más fundamental de las leyes y el resto se deben ajusta a esta.

Source: ene-naturismo.org

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